Resum i conclusions de la jornada ‘Las enfermedades profesionales en el punto de mira’




Font UGT Catalunya

Publicat el 7 Maig, 2019

El pasado 25 de abril, y con motivo del Día Internacional de la Salud y la Seguridad en el Trabajo, UGT de Catalunya celebró la Jornada “Las enfermedades profesionales en el punto de mira”.

La jornada fue presentada por Núria Gilgado, secretaria de Política Sindical de UGT de Catalunya, quien situó la jornada dentro de las actividades conmemorativas del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, denunciando la situación actual de la siniestralidad en Catalunya, en la que el pasado año fallecieron 82 trabajadores (60 en el puesto de trabajo y 22 in itínere), y recordando el derecho que nos asiste como trabajadores a exigir un trabajo digno y nuestro derecho a la integridad física y a la protección de la salud en el trabajo establecido por la normativa.

A continuación reflexionó sobre las posibles causas de la elevada siniestralidad, incluyendo tanto los accidentes laborales como las enfermedades laborales, entre ellas el subregistro de las enfermedades profesionales y el no reconocimiento de las enfermedades de origen laboral. A modo de ejemplo, el año pasado sólo se registraron en Catalunya 3.383 enfermedades profesionales, cifra que nos indica la irrealidad de los datos existentes y de la ineficacia de los circuitos existentes de detección, comunicación y reconocimiento.

A continuación intervino Fernando García Benavides, catedrático de Salud Pública del Centro de Investigación de Salud Laboral (CiSAL), de la Universitat Pompeu Fabra, con su ponencia “Las enfermedades profesionales, estado actual y propuestas de mejora”, que empezó analizando la evolución de la normativa española sobre enfermedades profesionales y apuntó al desfase normativo que ha existido desde siempre respecto a la regulación de los accidentes laborales. Mientras que los accidentes de trabajo se regularon ya en 1900 con la denominada Ley Dato, la regulación legal de la enfermedades profesionales fue bastante más tardía, no llegándose a materializar de hecho hasta 1966, con la Ley General de la Seguridad Social, después de un intento fallido con la Ley de Enfermedades Profesionales de 1936, pocos días antes del estallido de la Guerra Civil.

El ponente destacó la importancia que tuvo la modificación en el año 2006 del anterior Cuadro de Enfermedades Profesionales de 1978, en la etiología es establecida en función de los agentes presentes en el trabajo que puedan dar lugar a estas enfermedades; y especialmente su posterior desarrollo en el reglamento de enero de 2007, en el cual se destacaba en el Art. 5 el deber de cualquier facultativo del INSS de comunicar cualquier sospecha de enfermedad profesional. Valora de forma muy positiva estos cambios normativos, e indica que el problema es que no se está utilizando el sistema con todas las posibilidades que ofrece.

En la actualidad, con la tercialización de la economía y el declive de la industria, los accidentes de trabajo están disminuyendo mientras que las enfermedades profesionales adquieren cada vez más importancia. Por cada fallecido por accidente de trabajo hay 60 fallecidos por enfermedad profesional. El problema es que estas enfermedades no se detectan ni se reconocen como laborales. Según estimaciones y datos aportados por García Benavides en su intervención, dos de cada tres enfermedades profesionales no se están reconociendo, variando este porcentaje en función de las distintas patologías. En el caso de enfermedades osteomusculares se reconocen el 70%, mientras que los cánceres de origen laboral sólo se reconocen en un 0,2%.

En el caso de Catalunya, esta subdeclaración es  preocupante. Atendiendo a los datos de índices de incidencia de enfermedades profesionales reconocidas en las distintas Comunidades Autónomas, si aplicamos a Cataluña la tasa de Navarra, habría 28.000 casos en lugar de los 6.500 reconocidos.

Las causas de esta situación son diversas, entre ellas:

  • La propia naturaleza de la enfermedad laboral, que dificulta más determinar la causa-efecto que en un accidente laboral.
  • La propia definición legal, que requiere no sólo un diagnóstico, sino un reconocimiento del su origen laboral.
  • Formación insuficiente de los médicos en medicina del trabajo. Especialmente en atención primaria.
  • Insuficiente información del trabajador.
  • Falta de coordinación administrativa entre los distintos agentes (INSS, mutuas, SNS).
  • Distintos intereses económicos y legales de los agentes.

Posteriormente se constituyó una mesa redonda sobre experiencias sectoriales, en la que estuvieron representadas las tres Federaciones de UGT de Catalunya:

Antonia Fuentes (FICA) abordó la problemática del uso de productos cancerígenos como el amianto (en el que todavía existe un uso residual en elementos de fricción) o el formaldehído en determinadas empresas, así como experiencias prácticas en la actualización, difusión y mejora de la información de los trabajadores sobre las fichas de seguridad química y obstáculos en las determinaciones de contingencias.

Josep Maria Gebelli (FeSP) expuso los problemas que genera la exposición a productos químicos y cancerígenos en determinados colectivos: bomberos, brigadas de obras y mantenimiento, sanidad y oficinas.

Mari Luz Esmoris (FeSMC) habló sobre los problemas más frecuentes que se plantean en los sectores de limpieza, seguridad, almacenes y telemárqueting.

Clausuró la Jornada Camil Ros, secretario general de la UGT de Catalunya.

CONCLUSIONES Y PROPUESTAS

  • Que las empresas asuman sus responsabilidades legales en materia de prevención de riesgos laborales y a efectos de notificación de accidentes de trabajo, y especialmente de enfermedades profesionales.
  • Mejora de los circuitos de identificación, notificación y reconocimiento de las enfermedades laborales, así como de la coordinación entre los distintos agentes que intervienen en este proceso.
  • Potenciar los mecanismos de control de la Administración y de la Inspección de Trabajo, aumentando sus recursos materiales y económicos.
  • Mayor contundencia con las empresas infractoras.
  • Derogación de las reformas laborales para disminuir la precariedad y dignificar las condiciones de trabajo.
  • Reconocimiento del Cuadro de Enfermedades Profesionales de la OIT que incluye los trastornos mentales y del comportamiento como enfermedades derivadas del trabajo.
  • Adaptación de los puestos de trabajo a los trabajadores de edad avanzada, atendiendo a los cambios demográficos y a la prolongación de la vida laboral.
  • Cualificar y mejorar la formación en medicina del trabajo de los profesionales sanitarios con el fin de mejorar los sistemas de detección y la cumplimentación de la ocupación en las historias clínicas.

Documentación relacionada:

Guía para promover el reconocimiento de una enfermedad profesional