UGT SPL HACE LA RECLAMACIÓN DEL COMPUTO DEL TIEMPO DE BECARIO COMO TIEMPO COTIZADO A LA SEGURIDAD SOCIAL

Tras la denegación por parte de la Seguridad Social a varios compañeros de que se les compute el tiempo de becario como periodo cotizado a efectos de tiempo necesario para la jubilación, desde los Servicios Jurídicos de la Federación de Servicios Públicos de la UGT de Cataluña, se ha efectuado instancia a la Seguridad Social para que se les reconozca ese periodo como cotizado.

El 28 de diciembre de 2018, se publicó el Real Decreto Ley 28/2018, por el cual se aprobó la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en la que se prevé la inclusión de los becarios en el Régimen General de la Seguridad Social, solo a los efectos de su alta asimilada en dicho régimen sirviendo para el cómputo de los años de cotización y reconociendo el derecho con carácter retroactivo.

Hasta ahora este reconocimiento sólo lo hemos obtenido desde algunos Ayuntamientos, que con cuentagotas van concediéndolo de forma individualizada a los compañeros que lo solicitan.

No obstante la Seguridad Social se niega a aplicarlo, argumentando que para poder aplicarlo previamente la ley debe de  tener un desarrollo reglamentario.

Cinco años después de la aprobación del RD no hay desarrollo ni reglamento alguno.

Esto crea un perjuicio para el interesado, ya que no tiene el reconocimiento de la SS a efectos de cotización, supeditado a la espera de un desarrollo legislativo que puede alargarse indefinidamente en el tiempo. El administrado no tiene la culpa de la inacción de la administración.

Como inicio, el día 3 de Abril UGT SPL-Catalunya ha presentado ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (Dirección Provincial de Barcelona) una instancia solicitando el reconocimiento a efectos de cotización, con carácter general para los trabajadores de la administración local (Policías Locales de Catalunya), como situación asimilada al alta en el Régimen General de la Seguridad. Este tiempo de cotización puede ser de vital importancia con el fin de poder acogernos a la anticipación de la edad de Jubilación. El plazo para contestarnos expira el dia 4 de julio, fecha en la que, si no obtenemos antes resolución favorable, se pondrá un procedimiento Contencioso Administrativo…

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